Ciudadania
N-400
Solicitud de ciudadanía (naturalización) al cumplir el tiempo requerido de ser residente legal.
- Cuando se cumplen cinco años de residente ó en el caso de estar casado(a) con un ciudadano(a), tres años.
N-600
- Derivación de la ciudadanía (reconocimiento de ciudadanía por parte de Inmigración).
- Hijos de ciudadano(a) aún fallecido(a) cuando el ciudadano vivió en los Estados Unidos antes de que naciera el solicitante.
- Esposo(a) de ciudadano(a) casados antes de septiembre 22, 1922.
- Hijo(a) de esposa de ciudadano por nacimiento casados antes de septiembre 22, 1922.
- En algunos casos, derivación de la ciudadanía del abuelo(a) al nieto(a).
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