Residencia

Hay dos tipos de "preferencias" para obtener la residencia. La preferencia inmediata es muy rápida y en muchos casos el beneficiario puede trabajar en los Estados Unidos en menos de un mes. La preferencia no inmediata tiene un número limitado de visas por año y el proceso puede llevar varios años. El beneficiario no deberá trabajar hasta que el tiempo de espera le llegue.

Los servicios del abogado se pueden contratar de dos maneras:
- En la oficina con cita personal.
- Por correo y haciendo el trámite en INS de su localidad.

Preferencia

Inmediata

La puede obtener si usted es:
- Esposo(a) de ciudadano(a).
- Padre o Madre de ciudadano(a) mayor de 21 años.
- Hijo(a)no casado(a) menor de 21 años de ciudadano(a).

No Inmediata

La puede obtener si usted es:
- Hijo(a) mayor de 21 años de ciudadano(a).
- Hijo(a) no casado de residente.
- Esposo(a) de residente.
- Hermano(a) de ciudadano(a), su esposo(a) e hijos no casados menores de 21 años.

Para las preferencias no inmediatas: Se envía la solicitud, se recibe la aprobación y pasado el tiempo de espera, entonces se solicita un cambio de estatus. El cambio de estatus se puede tramitar en el consulado de Cd. Juárez o en el INS en El Paso.

INS en El Paso

- El solicitante vive en Estados Unidos.
- El pariente vive en Estados Unidos con visa

Consulado en Ciudad Juarez

- El solicitante vive en Estados Unidos.
- El pariente vive en México.